Plaguicidas y Nutrientes Vegetales

Encabezado Modificaciones de Registro Sanitario de Plaguicidas y Nutrientes Vegetales

MODIFICACIÓN A LAS CONDICIONES DEL REGISTRO SANITARIO DE PLAGUICIDAS Y NUTIRENTES VEGETALES

El Registro Sanitario de un Medicamento puede ser modificado por cambios en los procesos de su fabricación, acondicionado o distribución, impacten o no las especificaciones y/o calidad del medicamento, cambio o inclusión del fabricante del fármaco, ampliación o reducción del tamaño de lote así como modificaciones que no cuenten con una homoclave específica, descrita en acuerdo de trámites empresariales como en el cambio del sitio de fabricación del medicamento entre nacional o extranjero.

La autorización debe ser otorgada siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la Ley General de Salud, Reglamento de Insumos para la Salud, Normas Oficiales Mexicanas, Acuerdos, Avisos, Decretos y otras disposiciones aplicables

Modificación técnica• Modalidad A.- Por cambio o ampliación de uso incluidos los de cultivo, plaga, dosis, especie animal y aspectos relacionados con su utilidad o uso.
COFEPRIS-06-016-A

• Modalidad B.- Ajuste de la fecha de caducidad.
COFEPRIS-06-016-B

• Modalidad C.- Cambios en los inertes de una formulación
COFEPRIS-06-016-C

Adición de fabricante proveedor, que Implique un cambio en el sitio y/o fabricación, formulación o adición de un maquilador• Modalidad A.- Ampliación de proveedor, presentando información sometiéndose al procedimiento de equivalencias.
COFEPRIS-06-017-A

• Modalidad B.- Ampliación de proveedor, sin someterse al procedimiento de equivalencias.
COFEPRIS-06-017-B

Modificación administrativa en Plaguicidas COFEPRIS-06-024-A

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